Richard Nguema y Andy Panko, condenados con penas mínimas por el caso de los pasaportes falsos
El ex madridista Slaughter no aparece en el fallo judicial al no presentarse al juicio y queda absuelto Hugo López

La jueza del caso de los pasaportes falsos presentados ante la ACB por Andy Panko y Marcus Slaughter en 2015 emitió ya su condena por un juicio celebrado hace casi dos años. María del Sagrario Herrero es la magistrada que dictó ya el fallo, que no es una sentencia firme y por tanto es recurrible por los condenados, según se lee en la misma tras obtener una copia nuestra web del documento.

Panko y Richard Nguema, el ex jugador que ayudó a tramitar esos pasaportes guineanos, son los principales condenados, también el representante de la agencia de ambos jugadores en España por ayudar, establece la sentencia, a conseguirlos.
Nuestra web relató en su día, en mayo de 2016, como sucedió todo con pruebas documentales. Como se recordará, era Nguema, hijo de un diplomático guineano, la persona con contactos para conseguir pasaportes de ese país. Ya había participado en la obtención de otros y fue contactado por los jugadores Panko y Slaughter con la mediación del entrenador Hugo López, absuelto en la sentencia.
Slaughter lo utilizó en unos cuantos partidos de la temporada 2014-15 como jugador del Real Madrid. Luego Panko presentó el suyo para usarlo como jugador del Fuenlabrada y tenía la misma numeración que el de Slaughter, como descubrió la Federación Española, dando aviso a la Acb y a los clubes. Slaughter no se presentó al juicio, vive en Estados Unidos, y la policía informó a la juez de la imposibilidad de entregarle la citación para personarse. Por ello, su nombre no aparece en la sentencia.
El Barcelona perdió aquella final de liga Acb contra el Madrid y se presentó como acusación particular por posible perjuicio. En su escrito, presentó tres posibles delitos. Pero finalmente el delito de de corrupción en el deporte del art. 399.2 del Código Penal fue descartado por la entidad azulgrana y no fue considerado igualmente por la jueza.
La magistrada establece en su sentencia:
"son criminalmente responsables de los delitos de falsedad en documento oficial y falsedad de certificado de los art. 392 en relación con el 390.1 y 2 y 399.1.2 del CP en concepto de autores, por su participación directa y personal en los hechos, de conformidad con lo previsto en el artículo 28 del Código Penal vigente en el momento de los hechos, con arreglo a los razonamientos expresados. En el caso de los certificados porque ya se ha dicho que el trafico incluye cualquier tipo de uso que se haga con ellos (...),Nguema por gestionarlo y obtenerlo y Panko por unirlo a la documentación y presentarlo en el Club".
En lo que respecta al delito de falsificación en documento oficial, la pena a "Panko será de cinco meses de prisión y cuatro meses de multa. Para Nguema 10 meses de prisión y multa de cinco meses".
Por lo que se refiere al delito de falsificación de certificados, del que responden igualmente los tres condenados, multa de dos meses y medio a Panko y de cinco meses para Nguema.
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1 comentario
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Miguel Angel En este País delinquir sale barato.
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